MEXICALI, B.C.
La
Diputada Lizbeth Mata Lozano presentó este martes una iniciativa para reformar
y adicionar diversas disposiciones en materia de responsabilidad patrimonial de
los municipios.

En el caso de Baja California, la proliferación
de baches y vialidades deterioradas o en mal estado se ha convertido en un
reclamo social, a los cuales la diputada les ha dado seguimiento de manera
personal, en los medios impresos, electrónicos y en las redes sociales, entre
otros.
La congresista del PAN recordó que fue en enero
del 2011 cuando se promulgó la Ley de
Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Baja California con la
finalidad de proteger a los ciudadanos frente a cualquier afectación generada
por los actos indebidos de los servidores públicos que actúan con negligencia,
cuyas consecuencias ameritarían el derecho al pago de una indemnización.
Sin embargo, dijo, a dos años de la vigencia de
esta ley ha sido prácticamente inaplicable y en desuso, por lo que motiva a
reactivar el contenido y patente ante las preocupaciones de la sociedad de Baja
California, vertidas sobre la prestación irregular de los servicios públicos,
principalmente por la proliferación de baches.
Lizbeth Mata propuso retomar el modelo implementado
en la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, el cual permite
ampliar el ámbito de cobertura de los actos sujetos a indemnización por parte
del Estado y los Municipios.
Esta iniciativa tiene como fin reformar el
artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios,
para ampliar el concepto de “actividad administrativa irregular”, la cual, sólo
incluye a los hechos y actos administrativos ejecutados por los entes públicos
que causen daño a las personas en su bienes o derechos, sin la obligación
jurídica de soportarlos; pero excluye las omisiones que sean consecuencia del
funcionamiento irregular en la prestación de un servicio público.
Por lo anterior,
se contempla la adición de un párrafo para que exista la relación
causa-efecto entre el daño ocasionado y la acción u omisión administrativa
irregular y que se pueda reclamar como indemnización ciudadana por
responsabilidad patrimonial.
“En el Distrito Federal, con motivo de la
aplicación reforzada de esta legislación se ha permitido la procedencia
jurídica del recurso de reclamación para indemnizar a los propietarios de
vehículos que resultan afectados por sufrir daños materiales al ser víctimas de
los famosos baches. Fuentes de la Procuraduría Social del D.F. revelan que el
demandar el pago por la avería de automóvil causado por la falta de
mantenimiento de las calles, representa el 30% de las orientaciones que llegan
a esa dependencia capitalina”, Mata Lozano concluyó con este ejemplo.
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